La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto que unifica el costo de la habilitación de los vehículos (patente de rodado) en todos los municipios del país. El costo será calculado a partir de criterios, como tipo de vehículo y año del mismo.
Durante una sesión extraordinaria, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto que modifica la ley 135/91 y actualiza disposiciones de la ley 620/76, que establece el régimen tributario para las municipalidades de 1ª, 2ª y 3ª categoría.
El proyecto apunta a unificar el costo de la habilitación de los vehículos (patente de rodado) en todos los municipios del Paraguay, con costos base que serán calculados a partir de criterios como el tipo de vehículo y el año del mismo, según se fundamenta en la exposición de motivos.
El diputado liberal del Departamento Central, Marcelo Salinas, vicepresidente segundo de la Cámara Baja y principal impulsor de la norma, resaltó que, efectivamente, unificar los importes de patente de rodados, en todo el país, constituye una necesidad.
En ese sentido, manifestó que en la actualidad hay vehículos que en determinado municipio pagan G. 1 millón, pero que en otras municipalidades, tranquilamente, pagarían solo G. 100.000.
“La idea es unificar costos con especificación del tipo de vehículos, incluido trenes, porque creemos que en un futuro volveremos a tener trenes. Se pretende que todas las patentes de rodados tengan un mismo costo en los municipios del país, para que no haya competencia desleal”, precisó.
Otro de los proyectistas, el diputado colorado de Cordillera, Hugo Meza, aseguró que en Paraguay el tema de las habilitaciones “es tierra de nadie” y habló de la urgente necesidad de fijar mínimos parámetros.
“Se crea un registro único de habilitaciones. Hasta el momento no tenemos un programa que unifique todo esto. No hay un registro nacional y ésta sería la institución encargada (Registro Único de Habilitaciones). Se estandarizan costos y ya no podrán salir de eso los municipios”, recalcó.
TERRAZA NOTICIAS GRUPO EN FACEBOOK
El parlamentario colorado de Central, Néstor Castellano, aseguró que todos son conscientes de que hoy existe competencia desleal en este tema.
“Otro aspecto muy importante es el de la seguridad vial y allí es donde resalta la creación del Registro Único de Patentes de Rodados. Cuando se transgreden normas, hoy es imposible llegar hasta los infractores. Con este registro se lograría, más allá de la justicia tributaria en los municipios, acceder en tiempo real a los datos de los vehículos, lo que reducirá índices preocupantes, incluso en la mortalidad por accidentes. Evitemos que más personas sigan muriendo”, aseveró el legislador.
A favor también se manifestó el diputado liberal de Itapúa, Carlos Pereira, quien graficó la situación al mencionar que existen municipios que tienen expedidas más habilitaciones que propios habitantes.
Sobre el proyecto de ley
El documento explica que, de acuerdo al artículo 22 de la ley 135/91, el impuesto de patente establecido es el 0,50% anual, tomando como base el valor imponible; y que este monto irá decreciendo anualmente en una proporción igual al 5% hasta los 10 años de antigüedad; mientras que a partir de los 10 años se abonará la mitad del impuesto inicialmente liquidado.
Sostiene que este sistema no permite que las tarifas sean acordes a lo fijado en la ley, por ser manipulable el costo de la base de valor imponible.
El artículo 1° indica que las municipalidades aplicarán de forma obligatoria un determinado cálculo de costos de patente de rodados en concepto de habilitación vehicular, usando como base el jornal diario, con el siguiente detalle:
Motos:
Estreno, un (1) jornal diario.
Nuevo, cero punto ocho (0,8) jornales diarios.
Usado, cero punto seis (0,6) jornales diarios.
Muy usado, cero punto cinco (0,5) jornales diarios.
Automóviles:
Estreno, seis (6) jornales diarios.
Nuevo, cinco (5) jornales diarios.
Usado, tres (3) jornales diarios.
Muy usado, dos (2) jornales diarios.
Autobús, ómnibus, automóvil de carga, camioneta, camión, tractocamión o furgón:
Estreno, siete (7) jornales diarios.
Nuevo, seis (6) jornales diarios.
Usado, cuatro (4) jornales diarios.
Muy usado, tres (3) jornales diarios.
En cuanto a las categorías, los municipios deben aplicar estos conceptos:
Estreno: 0 hasta 1 año.
Nuevo: 1 año 1 día hasta 4 años.
Usado: 4 años 1 día hasta 8 años.
Súper usado: más de 8 años.
Última Hora.