
Los familiares del fallecido optaron directamente por pagar el servicio funerario a otra empresa, en medio del dolor por la pérdida del ser querido y la angustia de tener que conseguir el dinero, que en ese momento no tenían.
La empresa funeraria “Crichigno” dejó sin servicios a un trabajador de 89 años que falleció en pasado mes de julio. La firma no está habilitada por el Ministerio de Salud Pública para ofrecer servicios funerarios. Además, se niega a entregar copia del contrato original.
El señor Euclides Ambrosio Ortiz Morel, pagó su seguro de sepelio a la empresa funeraria mencionada, durante gran parte de su vida de trabajador y otra parte como jubilado de Instituto de Previsón Social (IPS), durante 36 años, este falleció en su casa el pasado sábado 12 de julio, en horas de la mañana, por causas naturales.
Sus familiares llamaron por teléfono a los siguientes números: 449-998 / 492-776, que están impresos en la factura legal que la empresa expedía por el pago mensual del seguro. La grabación automatizada del teléfono respondía que “el número no existe o ha sido cambiado”. Llamaron a la persona que iba a cobrarles el seguro mensualmente, y este les pasó el número de teléfono privado de la secretaría. Ésta les dijo que el dueño de la funeraria, el médico Carlos Crichigno, les llamaría.
Carlos Crichigno llamó por teléfono a Alcides Ortiz, hijo del fallecido. Durante la conversación telefónica, Alcides pidió a Crichigno que los profesionales de su empresa fueran a buscar el cuerpo, a tratarlo químicamente, a habilitar el salón velatorio y a llevar el cuerpo en el cajón al salón, tal como era el compromiso de la empresa aseguradora, condiciones que hasta ese momento la empresa aceptaba.
Carlos Crichigno le respondió que su empresa sólo se haría cargo del ataúd y los muebles de la capilla, pero no del tratamiento químico del cuerpo ni del costo del salón velatorio. Agregó que su empresa había tercerizado el servicio del tratamiento químico del cuerpo a otra empresa, y que por ese tratamiento los familiares del fallecido debían pagar 2.150.000 guaraníes., además de pagar por el salón velatorio, si no querían velarlo en su casa.
Ante la insistencia en el reclamo del hijo del fallecido de que el compromiso establecía que el servicio de la empresa Crichigno debía ser completo, lo que la empresa venía aceptando hasta unos días atrás, Carlos Crichigno fue tajante al afirmar que se comprometía solo con el servicio del ataúd y la capilla, y si querían, les daría.
Tuvieron que optar por otra funeraria
Los familiares del fallecido optaron directamente por pagar el servicio funerario a otra empresa, en medio del dolor por la pérdida del ser querido y la angustia de tener que conseguir el dinero, que en ese momento no tenían.
Días después, el abogado de la Familia Ortiz acudió personalmente a la oficina de la empresa Crichigno, ubicada en las calles Manuel Domínguez 208 casi Yegros, centro de Asunción, a plantear la queja y el reclamo.
Fue recibido por Carlos Crichigno, quien se presentó como médico y dueño de la funeraria. El abogado le recordó lo ocurrido con el asegurado Euclides Ortiz y la conversación telefónica que el pasado 12 de julio él mantuvo con su hijo Alcides. Carlos dijo no recordar el caso. El abogado le pidió copia del contrato de adhesión que Euclides Ortiz había firmado con la empresa, a lo que Carlos respondió que vuelva dos días después, que buscaría el contrato original y le daría la copia.
El letrado volvió a la oficina, Crichigno no estaba y la secretaria de la empresa le informó que no habían encontrado el contrato original. El abogado volvió a ir a la oficina días después y solicitó por escrito la copia del contrato, nota que fue recibida formalmente, pero sin entregarse la copia.
La dirección del sitio web (www.crichigno.com) de la empresa Crichigno, que también aparece en la factura que la empresa expedía por el pago del seguro, tampoco existe.
Euclides Ortiz pagaba mensualmente, desde los primeros meses de 1989 hasta el mes de junio de este 2025 (36 años), diferentes sumas por la cobertura familiar del seguro. El último monto que pagó durante 2 años fue de 200.000 guaraníes mensual.
La empresa Crichigno se define, según la hoja de su Registro Único de Contribuyente (RUC, con número 80029226-0) como de “Previsión Asistencial Servicios y Mandatos – Medicina”. La misma no figura en el “Listado de Funerarias y Salones Velatorios con habilitación vigente hasta agosto de 2025” por parte del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, listado que fue entregado por el ministerio a los familiares del fallecido.
Los familiares de Euclides Ortiz registraron, el viernes 29 de agosto pasado, la denuncia del incumplimiento de contrato en el formulario de denuncias que la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco) habilita en su web institucional. Y realizan gestiones para que esta institución intervenga y cierre la empresa funeraria Crichigno.
Según publicaciones en redes sociales verificadas, varias personas aseguradas por esta empresa funeraria también fueron víctimas de similares incumplimientos de compromiso.
Este diario intentó ponerse en contacto con representantes de la empresa denunciado sin lograr una comunicación.
El Nacional